FORMULARIO PARA IMPRIMIR: Investigacion de Caso de Arbovirus 2017
FORMULARIO PARA COMPLETAR EN LINEA: Investigación de caso de Arbovirus
El Formulario de Investigación de Caso de Arbovirus (ACIF, por sus siglas en inglés) toma el lugar del formulario investigación de caso de dengue (DCIF, por sus siglas en inglés). El médico debe llenar completamente el formulario cuando refiera a los pacientes a hacerse la prueba de arbovirus ( zika, dengue o chikunguña) para asegurar que las pruebas que se le realizan al paciente se lleven a cabo correctamente y el procesamiento rápido de las muestras. El paciente debe llevar el formulario al laboratorio para que se le haga la prueba. Y una vez tomada la muestra, debe enviarse junto con el formulario al Departamento de Salud de Puerto Rico.
En el documento deinstrucciones encontrará un resumen de los cambios realizados al formulario y las razones para hacer los mismos.
FOR PRINTING: Arbovirus Case Investigation Form 2017
FILLABLE FORM: Arbovirus Case Investigation Form
The Arbovirus Case Investigation Form (ACIF) takes the place of the Dengue Case Investigation Form (DCIF); the ACIF must be filled out completely by the physician when referring patients for arbovirus testing (Zika, dengue or chikunguña) to insure proper testing of the patient and faster processing of the lab sample. The patient should take the completed ACIF to the laboratory to be tested. Once tested, the ACIF should be sent with the lab sample to the Puerto Rico Department of Health. Theinstructions form provide a summary of changes made to the form and reasons for making the changes.
Trasfondo
La primera transmisión local del virus del Zika en Puerto Rico se reportó el 31 de diciembre de 2015. El 1 de febrero de 2016, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró una emergencia de salud pública de interés internacional (ESPII) por conglomerados de casos de microcefalia y otros trastornos neurológicos en algunas áreas afectadas por el zika.
Se ha confirmado la infección por el virus del Zika en varios bebés con microcefalia y en especímenes de pérdidas de embarazos entre mujeres infectadas con este virus durante el embarazo. A pesar de estas observaciones, no se cuenta con los datos suficientes acerca de los riesgos de la infección por el virus del Zika durante el embarazo.
Sistema de Vigilancia Activa de Zika en Embarazos (SVAZE)
El Departamento de Salud de Puerto Rico (DSPR) y los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) han diseñado un sistema denominado Sistema de Vigilancia Activa de Zika en Embarazos (SVAZE). Las mujeres embarazadas con infección por el virus del Zika confirmada o probable, o con infección por flavivirus no especificada, serán monitoreadas activamente.
El sistema de vigilancia se utilizará para evaluar la relación entre la infección por el virus del Zika en el embarazo y los resultados adversos durante el embarazo, el nacimiento y la niñez temprana hasta los 3 años de edad. Esta información se utilizará para comunicar las mejores prácticas en la atención de las mujeres embarazadas infectadas por el virus Zika durante el embarazo y de sus bebés.
Participación de los médicos en el sistema de vigilancia
Los médicos desempeñan un papel importante dentro del sistema de vigilancia. El DSPR y los CDC les piden a los médicos:
Dónde obtener más información
Para obtener información general, visite http://espanol.cdc.gov/enes/zika/pregnancy/index.html. Para consultas clínicas solamente, envíe un correo electrónico a: ZikaMCH@cdc.gov o llame al 770-448-7100, las 24 horas, los 7 días de la semana.
Para notificar al personal del Sistema de Prevención y Vigilancia de Defectos Congénitos del DSPR cualquier resultado del embarazo en mujeres con diagnóstico positivo de Zika, llame al: (787) 765-2929 ext. 4571, ó 4572.
El virus del Zika, lo que los clínicos deben saber
Actualización sobre Directrices y recomendaciones clínicas provisionales sobre el virus del Zika
Directrices clínicas provisionales para el zika en mujeres y hombres en edad reproductiva, transmisión sexual del zika y el registro de embarazos para el zika de EE. UU., versión actualizada
Orden Administrativa Núm. 345: OA 345-PARA DECLARAR ESTADO DE EMERGENCIA COMO RESULTADO DEL VIRUS ZIKA
Orden Administrativa Núm. 348: OA 348-PARA ORDENAR A LOS PROVEEDORES MEDICOS Y ASEGURADORAS SOBRE CERNIMIENTO Y CUIDADO PRE Y POST NATAL A TODA EMBARAZADA
Orden Administrativa Núm. 350: OA 350-PARA ORDENAR A LOS PLANES MEDICOS Y/O SEGUROS DE SALUD A AMPLIAR EL ACCESO A METODOS CONTRACEPTIVOS EFICACES, ENTRE OTRAS ACTIVIDADES, COMO RESULTADO DEL VIRUS DEL ZIKA EN EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DE CONFORMIDAD CON LA LEYES VIGENTES Y EN VIRTUD DE LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY NUMERO 81 DEL 14 MARZO DE 1912, SEGUN ENMENDADA Y CONSONO CON LA ORDEN ADMINISTRATIVA NUMERO 345 DEL 2 DE FEBRERO DE 2016
Orden Administrativa Núm. 357: OA 357-PARA ORDENAR A TODA INSTITUCION MEDICO-HOSPITALARIA A ESTABLECER UN PROCESO DE PESAJE UNIFORME EN KILOGRAMOS/GRAMOS PARA LA POBLACION PEDITRICA Y Y ORDENAR A TODA INSTITUCION MEDICO-HOSPITALARIA QUE ATIENDA PARTOS O NEONATOS A TOMAR LA MEDIDA DE LA CIRCUNFERENCIA DE LA CABEZA EN CENTIMETROS, EL LARGO EN CENTIMETROS Y EL PESO EN GRAMOS DE TODO RECIEN NACIDO
Orden Administrativa Núm. 358: OA 358-PARA ENMENDAR LA ORDEN ADMINISTRATIVA NÚM. 302 DEL 3 DE JUNIO DE 2013 SOBRE EL LISTADO DE ENFERMEDADES Y CONDICIONES DE SALUD NOTIFICABLES AL DEPARTAMENTO DE SALUD DE CONFORMIDAD LA LEY NUMERO 81 DEL 14 DE MARZO DE 1912, SEGUN ENMENDADA, LEYES VIGENTES Y LA AUTORIDAD QUE CONFIERE LAS MISMAS A LA SECRETARIA DE SALUD
Orden Administrativa Núm. 360: OA 360 PARA ENMENDAR LA ORDEN ADMINISTRATIVA NÚM. 348 DEL 10 DE FEBRERO DE 2016, CON EL PROPÓSITO DE ESTABLECER LAS NORMATIVAS SOBRE LAS PRUEBAS A REALIZARSE EN MUJERES EMBARAZADAS CON O SIN SÍNTOMAS ASOCIADOS A INFECCIÓN POR EL VIRUS DEL ZIKA; EL MANEJO DE LA MUJER EMBARAZADA CON EVIDENCIA DE LABORATORIO PARA INFECCIÓN POR EL VIRUS ZIKA; LAS MUESTRAS A TOMARSE AL MOMENTO DEL PARTO, CESÁREA O PERDIDA FETAL DE TODA MUJER EMBARAZADA CON EVIDENCIA DE LABORATORIO PARA INFECCIÓN POR EL VIRUS ZIKA; LA EVALUACIÓN Y MANEJO DE TODO RECIÉN NACIDO DE UNA MADRE CON EVIDENCIA DE LABORATORIO PARA INFECCIÓN POR EL VIRUS ZIKA DURANTE EL EMBARAZO Y DE TODO RECIÉN NACIDO CON HALLAZGOS CLÍNICOS Y/O NEUROIMÁGENES SUGESTIVAS DEL SÍNDROME ZIKA CONGÉNITO; Y ORDENAR AL PLAN DE SALUD DEL GOBIERNO DE PUERTO RICO Y A LAS ASEGURADORAS PRIVADAS LA COBERTURA DE LAS PRUEBAS, ESTUDIOS Y EVALUACIONES PARA EL MANEJO DE ESTAS POBLACIONES SEGÚN ESTABLECIDO EN LAS GUÍAS VIGENTES DEL DEPARTAMENTO DE SALUD
Esta página fue revisada el 25 de noviembre de 2019
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