Sistema de vigilancia de enfermedades transmisibles por alimentos y/o agua
- lunes, 13 de octubre de 2025
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- Sistema de vigilancia de enfermedades transmisibles por alimentos y/o agua
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La División de Epidemiología e Investigación del Departamento de Salud mantiene un sistema de vigilancia de enfermedades que se transmiten por alimentos y/o agua que permite la investigación de casos e identificación de brotes. Trabaja en colaboración con la División de Salud Ambiental y el Laboratorio de Salud Pública de Puerto Rico, en la prevención, detección e investigación de eventos asociados a alimentos y agua. Según la Orden Administrativa Núm. 597 del Departamento de Salud, todo proveedor de salud licenciado en Puerto Rico tiene el deber de reportar a la División de Epidemiología e Investigación el diagnóstico o sospecha de cualquiera de las enfermedades de notificación obligatoria, en el periodo establecido según la categoría de la enfermedad.
Las enfermedades transmisibles por alimentos y/o agua incluidas en la vigilancia son: Amebiasis; Botulismo; Campilobacteriosis, Ciclosporiasis; Ciguatera; Cólera; Criptosporidiasis; E. coli O157:H7; Giardiasis; Intoxicación alimentaria; Hepatitis A; Legionelosis; Listeriosis; Salmonelosis; Shigelosis; Triquinosis; Vibriosis y Yersiniosis.
Para consultar y descargar los informes más recientes de la vigilancia de enfermedades transmisibles por alimentos y/o agua, favor de acceder al nuevo portal: https://datos.salud.pr.gov
Para información adicional sobre esta vigilancia, puede comunicarse a: etaa@salud.pr.gov
Orden Administrativa Núm. 597
Notificación obligatoria
Bajo la Orden Administrativa Núm. 597 todos los profesionales de la salud, hospitales, centros de servicios de salud, laboratorios, instituciones estatales y otros lugares que brindan servicios de salud deben notificar al Departamento de Salud las enfermedades, condiciones y eventos de salud, incluyendo los resultados positivos, negativos y sospechosos de pruebas de laboratorio asociadas a éstas, que se enumeran en los Anejos I, II y III (Ver sección "Guías y anejos").
Implementación del BioPortal
Se introduce el sistema electrónico BioPortal como la herramienta principal para el reporte de enfermedades y condiciones. Este portal es exclusivo para proveedores de servicios de salud y debe ser utilizado a través de https://bioportal.salud.pr.gov. Este portal permitirá un proceso de notificación más ágil y eficiente, facilitando la recopilación y análisis de datos cruciales para la vigilancia epidemiológica y protección de la salud pública.
Mejora de la vigilancia epidemiológica
La Orden Administrativa Núm. 597 busca facilitar la captura eficiente de datos para mejorar la vigilancia epidemiológica, desarrollar estrategias de comunicación más efectivas para la comunidad y fortalecer el componente de investigación.
Alertas
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- Retirada del mercado Diamond Shruumz - 1 de julio 2024
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