Hogares Comunitarios (SSPADI)
- miércoles, 20 de agosto de 2025
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Hogares Comunitarios (SSPADI)
Oportunidad para aperturas 2025
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- Luquillo
- Humacao
- Rio Grande
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- Las Piedras
- Peñuelas
- Juana Díaz
Hogares Comunitarios
Los Hogares Comunitarios son espacios de vivienda contratados por la SSPADI que, desde una filosofía de trato amable, proveen ambientes de cuidado a adultos con discapacidad intelectual para que pueda desarrollar y ampliar sus destrezas de vida independiente a la vez que se integran en la comunidad. Hay dos modalidades de hogares comunitarios: Grupal y Sustituto.
Hogar Comunitario Grupal
Los hogares grupales están establecidos mediante contrato con corporaciones privadas y atienden hasta un máximo de seis (6) participantes. Dentro de esta modalidad se requiere la disponibilidad de servicios de apoyo y cuido directo 24 horas al día, los siete (7) días de la semana con un mínimo de dos (2) empleados por turno. Esta alternativa es dirigida para aquellos participantes que por razones multifactoriales no puedan ser cuidados en sus hogares biológicos.
Hogar Comunitario Sustituto
Un hogar sustituto es aquel en donde el proveedor, mediante contrato con la SSPADI, acoge de uno a tres participantes, integrándolos a su núcleo familiar, con quienes compartirán la convivencia diaria y el ambiente familiar. Esta alternativa es dirigida para los participantes que requieran un trato más individualizado de acuerdo con sus necesidades.
Requisitos para ser proveedor y elegibilidad de la vivienda:
La SSPADI constantemente está haciendo acervo de candidatos a proveedores de servicios para cualquiera de estas modalidades de hogares. Toda aquella persona que interese ser proveedor de servicios con nosotros debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Son elegibles organizaciones de base comunitaria, agencias privadas sin o con fines de lucro, e individuos mayores de 21 años que cualifiquen.
- Deben tener experiencia en la prestación de servicios de base comunitaria para poblaciones con discapacidades o en apoyo a la salud pública, con evidencia documentada.
- No son elegibles familiares, tutores legales o parientes departicipantes admitidos en la SSPADI.
- No pueden estar empleados por gobierno estatal, municipal o federal, a menos que se solicite una dispensa.
- No deben tener vínculo familiar hasta tercer grado (ej: tíos, sobrinos, bisabuelos o biznietos) con empleados de la SSPADI o con participantes.
- No son elegibles quienes hayan tenido contratos cancelados o cerrados con alguna agencia gubernamental, o estén en proceso de cancelación.
- Cumplir con los requisitos de precertificación y certificación de hogar comunitario establecido por la SSPADI.
En cuanto a la vivienda, la misma debe cumplir con los siguientes requisitos mínimos para ser considerada a una pre-certificación:
- Deberá ser una propiedad de construida en cemento.
- Debe tener al menos 2 salidas.
- Deberá tener mínimo 3 cuartos y 2 baños con ducha para todas las modalidades excepto para hogares sustitutos que deberá contar con 1 baño mínimo.
- Los pasillos, puertas de los dormitorios y baños deberán medir de 34” a 36’’ de ancho. De la propiedad no contar con estas medidas establecida, el solicitante podrá hacer las modificaciones necesarias sin compromiso alguno.
- Deberá contar con áreas verdes (patio o su equivalente).
- No podrá estar localizada frente a carreteras principales o avenidas.
- No podrá estar ubicada en zona inundable.
- No podrá estar ubicada cerca de negocios que expendan bebidas alcohólicas (por lo menos 500 metros).
- Deberá estar ubicada en una zona libre de ruidos (herrería, bares, discotecas, restaurantes).
- No podrá estar ubicada cerca de peligro en zona de Tsunami y cuerpos de agua (ríos, quebradas, playas, lagos).
- No podrá estar ubicada cerca de deslizamientos de tierra.
- No podrá estar ubicada cerca de lugares contaminantes (gasolineras, taller de hojalatería y pintura, entre otros), de alta peligrosidad.
- No podrá establecerse hogares en lugares con control de acceso, a menos que no sea requerido avisar previo a la entrada al dueño de la propiedad y se provea un “beeper” de acceso o el código de acceso para la entrada.
- Deberá estar localizada cerca de hospitales, sala de emergencias 24 horas, farmacias (máximo 15 minutos), cerca de transportación pública, áreas recreativas y de alguno de los 7 Centros Transicionales de Servicios de la SSPADI.
De la propiedad no cumplir con los requisitos mínimos, estará a discreción del proveedor determinar si quiere hacer los arreglos necesarios a la vivienda para que la misma cumpla con estos. De este ser el caso, el candidato deberá notificarlo área de hogares al momento de presentar la vivienda.
Puede descargar esta lista de criterio de elegibilidad para la vivienda aquí
Resumen del proceso para ser proveedor de servicios
- Completar solicitud
- Orientación
- Pre-Certificación
- Certificación
- Contratación
Compensación:
La operación de un hogar comunitario es remunerada mediante una tarifa fija que se paga por cada participante que se ubica en el hogar. Nuestra tarifa es una competitiva en el mercado dirigido al cuidado especializado cuando comparas con otras agencias que requieren este tipo de servicio.
Si te interesa establecer un hogar con nosotros y desea más información complete la solicitud inicial accediendo al enlace o escaneando el QR Code en la parte inferior. Una vez completada la solicitud nos estaremos comunicando para coordinar fecha de orientación.
Tu hogar puede convertirse en un espacio de amor, cuidado y desarrollo.
¡Únete a nuestro equipo y sé parte del cambio!
Para más información pueden enviarnos un email hogarescomunitarios@salud.pr.gov
O contactarnos al 787.765.2929 Extensiones: 2551, 2529, 2517 o 2531
Carlos A. Dávila Huertas
Coordinador Sección de Monitoreo de Hogares
Email: carlosa.huertas@salud.pr.gov