Fondos contra enfermedades catastróficas remediables


 Fondos para servicios contra enfermedades catastróficas remediables

El Fondo para Servicios contra Enfermedades Catastróficas Remediables (FSECR), conocido generalmente como el "Fondo de Enfermedades Catastróficas", fue creado para que los pacientes médico-indigentes cualificados y a riesgo de morir por una condición médica tratable tuviera un recurso disponible para ayudarles a sufragar los tratamientos aprobados por la Administración de Drogas y Alimentos de los Estados Unidos que puedan salvar su vida.

El Fondo para Servicios contra Enfermedades Catastróficas Remediables (FSECR), fue establecido por la Ley Núm. 150 del 19 de agosto de 1996, conocida como "Ley del Derecho de Salud".   La Ley que crea estos fondos establece una Junta Evaluadora que examina los casos presentados ante sí por las personas interesadas en recibir la ayuda a través de su solicitud escrita le permite a la Junta Evaluadora realizar un cernimiento de los casos mas meritorios a evaluar de acuerdo con lo establecido por la Ley que crea los Fondos. 

Descripción del Programa:

Nuestro objetivo es ofrecer donativos económicos necesarios a pacientes que requieran intervención para una enfermedad catastrófica remediable que no se ofrezca a través del servicio público y cuyo costo esté fuera del alcance económico del paciente y/o sus familiares.

Esta ayuda incluye el pago de algunos tratamientos especializados u operaciones dentro y fuera de Puerto Rico a personas elegibles. También existe para pacientes referidos a tratamientos en Estados Unidos a través del Fondo.  El pago de gastos supletorios mediante reembolso es para los gastos relacionados a la transportación aérea, terrestre en Estados Unidos, hospedaje y alimentos para el paciente y un acompañante.  Esto, cuando el caso lo amerite, sujeto a la disponibilidad de los fondos y a la aprobación previa por parte de la Junta según la necesidad del paciente.

Entre los tratamientos y procedimientos para los que el Fondo para Servicios contra Enfermedades Catastróficas Remediables (FSECR), provee asistencia se encuentran: trasplantes de riñón, páncreas, intestino, hígado, médula ósea, córnea y pulmón, cirugías cardíacas e implantes cocleares, entre otros.  Muchos de estos tratamientos se ofrecen en hospitales locales y centros de trasplantes incluyendo el Hospital Auxilio Mutuo, Centro Cardiovascular de Puerto Rico y del Caribe, Hospital Universitario Adultos y Pediátrico, San Jorge Children's Hospital y HIMA Caguas.  También se incluyen hospitales en Estados Unidos que acepten por escrito el paciente a través de la ayuda y condiciones de pago por los servicios del Fondo.

Propósito:

Proveer asistencia económica en calidad de donativo a personas que tengan una condición catastrófica remediable y el tratamiento no está cubierto o este cubierto parcialmente. Que dicho tratamiento no está disponible en Puerto Rico y no tengan ingresos ni, recursos para sufragar el costo del tratamiento y/o cirugía.

Visión:

Ser una oficina reconocida por la calidad y agilidad en los servicios prestados a nuestros pacientes.  De manera que se logre salvaguardar el derecho a la salud e integrar los recursos que estén accesibles de forma equitativa y asertiva de acuerdo con las necesidades de cada paciente.   Para así, prevalecer como organización de vanguardia por la ayuda que ofrecemos.

Misión:

Ser enlace del Departamento de Salud en el servicio al paciente con calidad humana, empatía, sensibilidad y respeto en el trato sobre las condiciones y las necesidades de salud de nuestros pacientes.  Integrar la política pública que creo el fondo en colaboración con los procesos administrativos con la prontitud que requieren los servicios que se ofrecen en nuestra oficina.

Quién es eligible:

Un paciente puede ser elegible para recibirla ayuda si cumple con los requisitos de elegibilidad según establece la ley 150 del 19 de agosto de 1996 y los reglamentos establecidos por la Junta Evaluadora. Los criterios son los siguientes:

  • Sufre una enfermedad catastrófica remediable, que se anticipa causará su muerte y de acuerdo con los adelantos de la ciencia existe la posibilidad de Salvar la Vida
  • Su médico certifica la existencia de la condición y que hay un tratamiento que salvaría la vida del paciente o mejoraría su calidad de vida y que dicho tratamiento está disponible en Puerto Rico o los Estados Unidos
  • Certificación escrita de que el procedimiento y/o tratamiento, incluyendo el diagnóstico, no está cubierto o está cubierto parcialmente por un plan de salud disponible en el mercado, incluyendo el Plan de Seguro de Salud estatal
  • Presentar evidencia escrita de que el paciente, su núcleo familiar o los obligados por ley a alimentar no tienen los recursos económicos para sufragar los gastos del tratamiento ni pueden financiarlos mediante la banca privada
  • Es residente de Puerto Rico durante al menos dos años antes solicitar asistencia. Si es un menor de dos años, se considerará la residencia de sus padres o tutores legales en la Isla.  Además, acepta y cumple los términos y condiciones impuestos por el Fondo para Servicios contra Enfermedades Catastróficas Remediables (FSECR), y releva, así como a los miembros de la Junta Evaluadora y al Estado Libre Asociado, cualquier responsabilidad por el tratamiento o el diagnóstico a ser utilizado.

Documentos para tramitar solicitudes de servicios 

  • La siguiente lista de documentos tiene el propósito de solicitarle información como requisito de la ayuda económica que estará solicitando. 
  • Los pacientes que deseen recibir asistencia económica necesitan asistir a entrevista para completar formularios de solicitud. 
  • Radicar su solicitud ante la Junta Evaluadora del Fondo para Servicios contra Enfermedades Catastróficas Remediables (FSECR).  
  • Importante realice las gestiones para que recupere los siguientes documentos:
  1. Preparar la Carta del solicitante: donde escribe detalladamente su necesidad de solicitud de asistencia económica para cubrir el procedimiento médico (Si es menor de 21 años los padres y/o tutor presentan la solicitud).  En el caso que un familiar represente al paciente debe presentar identificación con foto y carta de autorización.  Esta solicitud debe incluir nombre, edad, dirección y teléfono, diagnóstico o condición médica, procedimiento indicado, hospital donde será realizado.  

  2. Carta del médico especialista que refiere a la paciente dirigida a la Junta Fondos para Servicios contra Enfermedades Catastróficas Remediables (FSECR)con la siguiente información: en la cual incluye:  diagnóstico, indicaciones de procedimiento, resumen del caso, justificación del hospital al que recomienda sea referido y prognosis (no se aceptarán copias de expedientes médicos).  Las enfermedades catastróficas serán identificadas según definición del Índice de Enfermedades (ICD 10).

  3. Carta Aceptación: Los pacientes que solicitan ayuda económica para trasplante de órganos deben proveer copia de la evaluación pre-trasplante y aceptación del comité evaluador.  Hospital en Estados Unidos: debe proveer carta de aceptación dirigida: al Fondo contra para Servicios contra Enfermedades Catastróficas.

  4. Evidencia escrita por todos los componentes y costos: Incluir los costos de la cirugía y/o procedimiento provisto por el hospital, anestesia, patología, etc. Según necesidad de acuerdo con los servicios que se requiere, según justificación de servicio que tenga el caso.  Importante incluir el Código del Procedimiento según, definición del Índice de Enfermedades. (ICD 10).

  5. Tipo de Cubierta del Plan Médico: El plan médico debe proveer por escrito los servicios que pagará y el porciento que esto representa.  En caso de que el procedimiento no tenga cubierta la decisión negativa, debe ser por escrito. Aunque no tenga cubierta es requisito; presentar tarjeta del plan médico y copia.

  6. Copia de Póliza: Enfermedades perniciosas y/o catastróficas, cáncer, trasplantes, seguro de vida, incapacidad, hospitalización y/o accidente.  Traer certificación de vigencia de la póliza.  

  7. Tarjeta de Seguro Social (Original y Copia)

  8. Certificado de Nacimiento (Original y Copia)

  9. Departamento de Hacienda:  INCLUYE A TODOS LOS ADULTOS DEL NÚCLEO FAMILIAR.

    A. última Planilla con todos los anejos de todos los adultos que residen bajo el mismo techo. En caso de que no rinda planilla necesita presentar Certificación de Razones para no rendir de cada uno de los adultos.  Modelo SC - 2781.

    B. Certificación de Radicación de Planilla Modelo SC - 6088. 

    C. Certificación de Deuda Modelo SC - 6096.

  10. Presentar Evidencia escrita: de otras Organizaciones a los que ha solicitado ayuda económica. 

  11. Foto del paciente.

  12. Estado de cuenta: Presentar evidencia de la Cuenta Pro-Fondos y en caso de existir otras cuentas, traer del Banco el estado de cuenta más reciente; necesitan incluir en la Declaración Jurada el número de la cuenta Pro-Fondos y el balance actual de la misma.

A.  Ingresos:   Copia del último talonario de retención del sueldo (si trabaja por su cuenta debe traer estado de situación financiera), carta del PAN que indique la cantidad de ayuda (positiva o  negativa), Asistencia  Económica, Certificación de ASUME, Seguro Social o  cualquier otro ingreso. Carta del Negociado de Empleo de todos los adultos desempleados del núcleo familiar o certificación de estudiantes.

B. Gastos: Recibo de pago de renta o hipoteca, agua, luz, teléfono, préstamo   (justificación y evidencia de uso), seguros médicos (original y copia)

C. Otros:  Debe presentar una Declaración jurada en donde se certifique que la información y gastos presentados es verídica.  En la misma se incluirá el número de propiedades inmuebles y el valor actual de las mismas, cuentas del banco y certificados de depósito, en y fuera de Puerto Rico (Original y Copia)

EL SOLICITANTE DEBE TRAER DOCUMENTO ORIGINAL Y UNA COPIA DE TODOS LOS DOCUMENTOS SOLICITADOS.

Estamos ubicados en la Calle Periferial, Edificio A del Departamento de Salud (Antiguo Hospital de Psiquiatría), en los Terrenos de Centro Médico, 

Barrio Monacillos, Río Piedras, Puerto Rico.  00935


CUANDO TENGA TODOS LOS DOCUMENTOS, LLAMAR PARA CITA
(787) 765-2929  Ext. 3801/3803/3806

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